Nacional · Principal · septiembre 8, 2026

El dinero de los autónomos extintos va a pensiones: lo que arriesga tu bolsillo

Hacienda propone usar remanentes de órganos extintos y adeudos fiscales para pagar pensiones en 2027, abriendo una encrucijada para el futuro erario.

El dato claveHacienda propone usar remanentes de órganos extintos y adeudos fiscales para pagar pensiones en 2027, abriendo una encrucijada para el futuro erario.

Por Bruno Cortés

En los pasillos de San Lázaro y en la letra chiquita del Paquete Económico 2027, el Ejecutivo Federal inscribió una maniobra que desata profunda preocupación entre analistas de las finanzas públicas: cuadrar los compromisos de gasto social recurrente echando mano de los despojos de las instituciones que van bajando la cortina. La propuesta gubernamental formaliza un mecanismo para que los ahorros, liquidaciones y remanentes generados por la desaparición de dependencias y entes reguladores no se queden en el limbo administrativo, sino que ingresen directamente a la caja común de la Tesorería de la Federación. El detalle medular reside en el destino final que se le fija a ese dinero en los artículos transitorios de la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación.

En concreto, el artículo décimo séptimo transitorio estipula al pie de la letra que todos los recursos remanentes, economías y ahorros derivados de la eliminación de órganos constitucionalmente autónomos, reguladores, descentralizados y desconcentrados se concentrarán como aprovechamientos en la Tesorería de la Federación. De ahí, por instrucción expresa, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los canalizará a través de su unidad de seguros y pensiones con un destino único: alimentar el Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esta bolsa se erige como la receptora de los saldos que dejen las oficinas liquidadas en el aparato federal, pero la recolección de fondos de emergencia no termina en los muebles y cuentas bancarias de los organismos borrados del mapa.

A la par de esa absorción de activos, el artículo décimo sexto transitorio abre un frente de cobro coactivo sobre los propios poderes públicos. El precepto legal instruye que los adeudos pendientes ante el Servicio de Administración Tributaria y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, acumulados por dependencias federales, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, los gobiernos estatales y los municipios, se conviertan también en aprovechamientos destinados al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Es decir, las deudas que los entes gubernamentales arrastran con el fisco y la seguridad social se reclasifican administrativamente para tapar el faltante de las jubilaciones.

Para ponerlo en términos llanos de vecindad: la maniobra equivale a empeñar la sala, la vajilla y cobrarle a los primos lo que prestaron en la fiesta pasada para poder pagar la renta mensual de la casa. El problema aritmético salta a la vista: empeñar los muebles sirve exactamente una sola vez, pero el recibo del casero llega puntual cada treinta días sin importar si quedan pertenencias por vender. ¿Qué pasará cuando ya no haya más oficinas que cerrar ni liquidaciones que raspar? La duda cobra fuerza cuando se revisa el desglose del gasto programable pagado proyectado para 2027, el cual exhibe una contracción neta de 495,313 millones de pesos respecto a lo aprobado en 2026.

Esta contracción en el gasto operativo ocurre en un entorno donde los ingresos petroleros se desploman en 333,888 millones de pesos y el saldo de la deuda pública escala al 55.0% del Producto Interno Bruto, impulsado por el costo del financiamiento externo. Ante semejante apretón de cinturón, la búsqueda de ingresos no tributarios y de carácter extraordinario se convierte en la válvula de escape preferida para evitar un boquete inmediato en el balance presupuestario. La concentración de disponibilidades financieras de ejercicios fiscales pasados y los remanentes de liquidaciones, como la de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero prevista en el artículo décimo segundo transitorio, confirman este patrón de financiamiento contingente.

En la vida cotidiana del contribuyente de a pie, la aplicación de estos parches contables genera consecuencias palpables en el mediano plazo. Los programas de transferencias directas y pensiones adquieren rango prioritario y se fondean con recursos inmediatos, pero a costa de adelgazar las estructuras operativas del Estado y de prescindir de ingresos tributarios estables de largo aliento. Si los gastos permanentes del bienestar se apuntalan con ingresos extraordinarios que ocurren una única ocasión, la brecha presupuestaria volverá a abrirse irremediablemente al año siguiente.

La discusión legislativa que viene definirá si el Congreso convalida el uso de estos recursos no recurrentes o si exige una reforma fiscal de fondo que le dé viabilidad a los compromisos de gasto sin depender de las cenizas de las instituciones públicas. De aprobarse en sus términos, la Federación cerrará 2027 habiendo devorado los remanentes de los autónomos y los adeudos pendientes de los estados para mantener a flote los fondos de retiro. Cuando la última liquidación se haya gastado y las arcas de los fideicomisos extintos queden vacías, ¿de dónde saldrán los recursos para seguir pagando las pensiones del año siguiente?